Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
El estado ha declarado la
igualdad de todas las familias; reconociendo que las Naciones Unidas han
proclamado y acordado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los
pactos internacionales, que toda persona tiene derechos y libertades,
sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Recordando que en la
Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que
la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
Convencidos de que la familia,
como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el
bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la
protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus
responsabilidades dentro de la comunidad.
Reconociendo que el niño, para
el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de
la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Principales acontecimientos de la Convención Internacional de los Derechos de los niños:
- En principio del siglo XX, en el año 1989 se formó una nueva declaración de derechos específicos para los niños de la ONU.
- En 1924 se adoptó la declaración de Ginebra; donde se reconoce por primera vez la existencia de derechos para los niños y las niñas, como también la responsabilidad y la protección de los padres hacía ellos.
- El 20 de Noviembre de 1959 se aprobó la declaración de los Derechos del Niño, por los 78 Estados miembros de la ONU, aprobada por la Asamblea General de las naciones unidas, mediante resolución 1386.
Principales Características de la CDN
- Carácter integral de la
Convención y protección integral
de los derechos de los niños.
-El niño sujeto de derecho.
-La autonomía es progresiva.
- El paso de las necesidades a los
derechos
Principios de la CDN
a) Principio del Interés superior
del niño.
b) Principio de la no
discriminación.
c) Principio de la efectividad
de los derechos. La protección
efectiva.
Colombia ratificó la convención de los Derechos de los Niños.
Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
Por medio de la cual se aprueba la convención sobre los derechos de los niños adoptada por la Asamblea General de la Naciones unidas el 20 de Noviembre de 1989.
El congreso de Colombia
El Estado ha declarado la
igualdad de todas las familias; reconociendo que las Naciones Unidas han
proclamado y acordado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los
pactos internacionales, que toda persona tiene todos los derechos y libertades,
sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Recordando que en la
Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que
la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales,
Convencidos de que la familia,
como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el
bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la
protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus
responsabilidades dentro de la comunidad,
Reconociendo que el niño, para
el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de
la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Referencia Bibliográfica:
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. (s.f.). Convención sobre los Derechos del Niño. Recuperado de:
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. (s.f.). Convención sobre los Derechos del Niño. Recuperado de:




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